Skip to content

FASE 2: POSTULACIÓN DE PROYECTOS (Puntos 1 a 6)

1. Oportunidad

Concluida la Fase de presentación de Perfiles, y dentro del plazo establecido para dichos efectos, los interesados podrán postular su proyecto, solicitando a InnovaChile el cofinanciamiento de éste a través del instrumento "Crea y Valida".

2. Objetivos

2.1 Objetivo general

Apoyar el desarrollo de nuevos o mejorados productos (bienes o servicios) y/o procesos, que requieran I+D, desde la fase de prototipo, hasta la fase de validación técnica a escala productiva y/o validación comercial, fortaleciendo las capacidades de innovación en la empresa.

2.2 Objetivos específicos

a) Apoyar el desarrollo de nuevos o mejorados productos (bienes o servicios) y/o procesos, que requieran I+D. b) Definir y testear una propuesta que posibilite la efectiva introducción al mercado del producto (bien o servicio) y/o una primera implementación productiva del proceso. c) Fortalecer capacidades de innovación en la empresa.

Se entenderá por "Prototipo" la representación simple de una solución innovadora preliminar (nueva o mejorada respecto de una existente) a una problemática empresarial. Dicho prototipo sirve para realizar pruebas iniciales rápidas y medir el concepto preliminar antes de hacer inversiones mayores. Asimismo, permite testear supuestos iniciales y verificar ciertas características y funcionalidades que tendrá la solución que se desarrollará. No considera aspectos relacionados con el modelo de negocio (propuesta de valor, canales, clientes, ingresos, etc.).

3. Resultados esperados del instrumento

a) Nuevos o mejorados productos (bienes o servicios) y/o procesos, que requieran I+D, desarrollados. b) Propuesta que posibilite la efectiva introducción al mercado de un producto (bien o servicio), definida y testeada, y/o propuesta de implementación productiva del proceso, ejecutada. c) Capacidades de innovación en la empresa, fortalecidas.

4. Participantes del proyecto

Los participantes de un proyecto son los siguientes: a) Beneficiario: Es quien postula a un subsidio para el cofinanciamiento de su proyecto. En el caso que éste sea aprobado, deberá firmar un convenio de subsidio con InnovaChile y será el responsable por la ejecución del proyecto.

Podrán postular como beneficiarios personas jurídicas constituidas en Chile.

Además, al momento de la postulación, en relación con el beneficiario, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber transcurrido, a lo menos, 24 meses, contados desde la fecha de inicio de actividades en un giro empresarial de primera categoría, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley de Impuesto a la Renta (D.L. 824, de 1974), el cual debe encontrarse vigente.
  • Acreditar ingresos por ventas dentro de los 24 meses previos a la postulación (no necesariamente en todos los meses).

Cada proyecto deberá tener un solo beneficiario.

Las instituciones de educación superior (universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica), no podrán participar en calidad de beneficiario, y sólo podrán ser contratadas por el beneficiario para la ejecución de actividades externalizadas. b) Asociado: Es una o más entidades que cofinancian la ejecución del proyecto a través de aportes "nuevos o pecuniarios" (en dinero) y/o "preexistentes o valorizados" (con las limitaciones señaladas en el número 6.2 siguiente), y que pueden participar de los resultados de éste.

Podrán participar como asociados una o más personas naturales y/o jurídicas constituidas en Chile o en el extranjero.

La participación del asociado en el proyecto es opcional. c) Entidades Colaboradoras: Son entidades con capacidades, infraestructura y experiencia en I+D que el beneficiario contrata para resolver desafíos tecnológicos relevantes, mediante la realización de actividades de I+D, y de esta forma lograr los resultados de su proyecto, tales como: universidades, centros de investigación, empresas de servicios tecnológicos, entre otras.

Podrán participar como Entidades Colaboradoras una o más personas jurídicas constituidas en Chile o en el extranjero.

Esta categoría de participación será obligatoria sólo para los proyectos colaborativos.

Cada persona jurídica o natural, según corresponda, y cumpliendo los requisitos que se señalan para cada caso, sólo podrá participar en una categoría de las anteriormente señaladas. Así, por ejemplo, la entidad que participe en calidad de "beneficiario", no podrá participar en calidad de "asociado", o viceversa.

Sin perjuicio de las categorías de participación antes señaladas, se podrá contratar, además, la ejecución de actividades externalizadas, esto es, realizadas por terceros ajenos al proyecto, quienes no tendrán relación contractual con Corfo.

5. Categorías de proyectos, etapas y plazos

5.1 Categorías de proyectos

El presente instrumento está destinado al cofinanciamiento de proyectos a través de los cuales se desarrollen nuevos o mejorados productos (bienes o servicios) y/o procesos que requieran I+D, distinguiéndose las siguientes categorías:

  • Proyecto Individual: Proyectos innovadores ejecutados de manera individual que, para alcanzar sus resultados, requieren resolver desafíos tecnológicos relevantes, mediante la realización de actividades de I+D.
  • Proyecto Colaborativo: Proyectos innovadores que, para alcanzar sus resultados, requieren resolver desafíos tecnológicos relevantes, mediante la realización de actividades de I+D de forma colaborativa, contratando para dichos efectos, una o más "Entidades Colaboradoras".

Las categorías de proyecto son independientes entre sí y, por lo tanto, para cada llamado a concurso, cada proyecto que postule a una categoría sólo competirá con los proyectos postulados a la misma categoría. Además, en el(los) respectivo(s) aviso(s) que se efectúe(n) para cada apertura o llamado se señalará respecto de qué categorías de proyecto se recibirán postulaciones.

Para los Proyectos Colaborativos, se deberá cumplir con los requisitos establecidos en las "Normas para proyectos colaborativos", aprobadas por Resolución Exenta N̊482, de 2018, de InnovaChile.

5.2 Etapas y plazos

Ambas categorías de proyectos deben considerar en su formulación las siguientes etapas, las cuales son sucesivas y obligatorias:

a) Etapa 1 "CREA":

Esta etapa tiene por finalidad el desarrollo de un nuevo o mejorado producto (bien o servicio) y/o proceso que requiera I+D, a partir de un prototipo.

b) Etapa 2 "VALIDA":

Esta etapa tiene por finalidad la validación técnica a escala productiva y/o comercial del respectivo producto (bien o servicio) y/o proceso.

El beneficiario, en su postulación, y dentro de los márgenes establecidos en las presentes bases, deberá proponer el plazo de duración de cada etapa del proyecto, así como el presupuesto asociado a cada una de ellas. Lo señalado precedentemente, será parte de la evaluación de las propuestas.

El plazo de ejecución de los proyectos, considerando la duración de ambas etapas, podrá ser de hasta 24 (veinticuatro) meses. El plazo de cada etapa, podrá ser prorrogado, previa solicitud fundada del beneficiario presentada antes del vencimiento del plazo de ejecución. El plazo total del proyecto (incluidas sus prórrogas), no podrá superar los 30 (treinta) meses.

Al término de la Etapa 1, InnovaChile evaluará la continuidad del proyecto a la Etapa 2, de acuerdo con lo señalado en el número 10.2 de estas bases.

Excepcionalmente, y sólo en caso de proyectos que se basen en trabajo con ciclos biológicos y que requieran un plazo mayor, se podrá considerar en su formulación, debidamente justificado, un plazo de ejecución de hasta 36 (treinta y seis) meses y, el plazo total (incluidas sus prórrogas) no podrá superar los 42 (cuarenta y dos) meses.

6. Cofinanciamiento

6.1 Subsidio InnovaChile

a) El subsidio máximo según la categoría de proyecto, es el siguiente:

CATEGORÍASUBSIDIO MÁXIMO
Proyecto Individual$180.000.000.-
Proyecto Colaborativo$220.000.000.-

b) Porcentajes máximos de cofinanciamiento

Dependiendo del tamaño del beneficiario, se financiará un porcentaje del costo total del proyecto, de acuerdo con la siguiente tabla:

TAMAÑO BENEFICIARIO (*)PORCENTAJE MÁXIMO DE SUBSIDIO
Empresa micro y pequeña (ingreso anual por ventas de hasta 25.000 UF)80,00%
Empresa mediana (ingreso anual por ventas por sobre 25.000 UF y hasta 100.000 UF)60,00%
Empresa grande (ingreso anual por ventas por sobre 100.000 UF)40,00%

(*) El ingreso anual por ventas que se considerará para determinar el tamaño del beneficiario será el del año calendario anterior a la postulación del proyecto. Para determinar el cumplimiento de los requisitos antes establecidos, se usará como referencia el valor de la U.F. del día 31 de diciembre del año anterior al de postulación.

Sin perjuicio de lo señalado, al momento de la adjudicación de cada proyecto, InnovaChile podrá aprobar un monto de subsidio y/o un porcentaje de cofinanciamiento inferior a los máximos indicados. Asimismo, y dependiendo de la naturaleza de la focalización temática o geográfica que en su caso se efectúe, y/o de la disponibilidad presupuestaria, InnovaChile podrá establecer para cada llamado un monto y/o porcentaje de cofinanciamiento por proyecto inferior a los indicados precedentemente, situación que será determinada en el respectivo acto de focalización e informada en el(los) respectivo(s) aviso(s) que se efectúe(n) para cada apertura o llamado.

6.2 Aportes de los participantes

Los participantes (beneficiario y asociados, de existir estos últimos), deberán aportar el financiamiento restante (cuyo monto dependerá del tamaño del beneficiario), mediante aportes "nuevos o pecuniarios" y/o "preexistentes o valorizados". Asimismo, al menos, el 50,00% del aporte de los participantes (beneficiario y asociados, de existir estos últimos), debe corresponder a aportes "nuevos o pecuniarios". Para el caso de aportes "preexistentes o valorizados", sólo se podrán considerar gastos asociados a la utilización de insumos, equipamiento, infraestructura, y recursos humanos ya existentes en el beneficiario y/o asociado(s), al momento de la postulación, y que estén directamente vinculados a la ejecución de las actividades del proyecto, incluidas obligaciones legales (no voluntarias) de seguridad social, y de seguro de desempleo que sean de cargo del trabajador De acuerdo con el número 4.6.1 de las Bases Administrativas Generales, se entiende por aportes "nuevos o pecuniarios" aquellos que tienen su causa en la ejecución del proyecto y que, de no haberse iniciado éste, no se hubiese incurrido en ellos. En otras palabras, no corresponde a este concepto la utilización de instalaciones, infraestructura, recursos humanos, y otros, ya existentes en el participante aportante y/o en los demás participantes, al momento de la postulación.

6.3 Aumento del porcentaje de cofinanciamiento para "empresas lideradas por mujeres"

Sin perjuicio de los porcentajes máximos de cofinanciamiento indicados en el número 6.1 anterior, los postulantes podrán optar a que se aplique, en caso de ser aprobado su proyecto, un aumento del porcentaje de cofinanciamiento, en la medida que el beneficiario sea una "empresa liderada por mujeres". Se considerará como una "empresa liderada por mujeres", a los postulantes en calidad de beneficiario que cumplan con los requisitos señalados en las "Normas para acreditar la calidad de empresa liderada por mujeres", aprobadas por Resolución Exenta N481, de 2018, de InnovaChile. Para estos efectos, el postulante deberá indicar al momento de la postulación, declarándolo así en el formulario, si opta al aumento de hasta un 10,00% más de porcentaje de cofinanciamiento (en relación con el costo total del proyecto) por sobre los máximos establecidos en las presentes bases para cada categoría de beneficiario. Como contrapartida y consecuencia de lo anterior, el porcentaje de aporte pecuniario en relación con el costo total, se reducirá hasta en un 10%. En estos casos, y de verificarse, en su oportunidad el cumplimiento de los requisitos para ser considerada una "empresa liderada por mujeres", no se aplicará la exigencia de que, a lo menos, el 50,00% de los aportes correspondan a aportes "nuevos o pecuniarios". El aumento del porcentaje de cofinanciamiento será aplicado una vez que el proyecto haya sido aprobado y se haya verificado que el postulante cumple con los requisitos para ser considerado una "empresa liderada por mujeres", por lo que, durante la postulación, se deberá formular el presupuesto, de acuerdo con los montos y porcentajes máximos indicados en los números 6.1 y 6.2 anteriores. verificará durante la formalización de los proyectos. En caso de no cumplimiento, no podrá otorgarse el porcentaje de cofinanciamiento adicional y deberá cumplirse con el porcentaje mínimo de aportes "nuevos o pecuniarios", de acuerdo con las reglas generales. El aumento de porcentaje de cofinanciamiento, en ningún caso podrá significar la entrega de un subsidio por sobre el monto que se indica en la siguiente tabla, para cada categoría de proyecto:

CATEGORÍASUBSIDIO MÁXIMO AUMENTADO
Proyecto Individual$202.500.000.-
Proyecto Colaborativo$247.500.000.-